Nos surgió el otro día la siguiente situación: Dos minis una en cada pared de un edificio en ángulo recto, con la primera mitad de la orden la tropa activa declara mover y girando la esquina y un poco más llega en contacto con la mini enemiga, pero claro la mini enemiga cuando gira la esquina "la ve" y como ORA declara Ataque a Distancia contra la mini activa, que como segunda mitad de la orden pues declara Ataque CC ya que su movimiento acaba peana con peana. La Tirada Enfrentada sería CC de la minia activa contra el CD (R1 del Fusil Combi) de la Reactiva? Así lo resolvimos y pienso que está bien, por que como la ve antes de llegar al cuerpo a cuerpo pues dispara y no le obliga a ir a CC ¿Sería correcta mi interpretación? Un saludo y gracias por la ayuda.
Si, y además se aplican todos los modificadores de CC a la tirada CD: Ataque Sorpresa (si lo hubiera), camuflaje/DDO, Artes Marciales, etc etc...
Correcto, de hecho disparar a un TO con artes marciales 3 (alguien ha dicho ninja?) cuando está saliendo de estado marcardor para clavate un cuchillo (o algo más grande) en el ojo, normalmente es una muy mala idea. Te mete un -6 de TO y otro -6 de ataque sorpresa.
Gracias por la confirmación y puntualizaciones. Y sí el tema de Bonos los tuvimos en cuenta, en este caso era segundo intento ya que el primero con Disparo Sorpresa pues a pesar de haber entrado, va y supera tirada de BLI Así que con segunda orden pues fue a rematar la faena a guantazo limpio, y por supuesto el contrincante le dispara con el Combi pues cuando está ya cerquita no tiene cobertura parcial ni nada más aplicable que lo suyo propio.